CDMX Magacín
Con la finalidad de frenar el incremento excesivo y acelerado de las rentas de vivienda, y que contempla tres medidas principales, el jefe de Gobierno, Martí Batres, presentó la iniciativa para reformar la Ley de Vivienda y al Código Civil del Distrito Federal, que será entregada al Congreso de la CDMX en los próximos días.
Al hacer pública su iniciativa, Batres dijo que busca fundamentalmente tres cosas: “Una, establecer que las rentas no podrán aumentar más allá de la inflación del año transcurrido; dos, establecer un registro digital de los contratos de arrendamiento; tres, establecer una política pública de construcción de vivienda para renta”.
En lo general, también plantea reformas a los Artículos 1 y 59, para establecer políticas públicas que impulsen la producción de vivienda en arrendamiento por parte del Gobierno capitalino, en beneficio de la población con menores ingresos.
Ya en el detalle de artículos a reformar, plantea cambio al 1, fracción XVII, en que de manera genérica, abstracta, establece que el objetivo de esa Ley es “garantizar la producción pública de vivienda en arrendamiento asequible para las personas de menores ingresos por parte del Gobierno de la Ciudad de México. Esto es, que el Gobierno de la Ciudad de México construya vivienda pública que se ponga en renta”, explicó.
El cambio al artículo 59 prevé otra generalidad: “El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría y/o el Instituto, deberá fomentar la vivienda en arrendamiento asequible, mediante esquemas y programas dirigidos a la población vulnerable, en situación de pobreza y de menores ingresos”.
Batres también plantea cambiar el 2448 D del Código Civil del Distrito Federal, para establecer un límite al aumento de las rentas y evitar que sea superior a la inflación. El párrafo propuesto, explicó Batres, dice: “’El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual’. (…) Estamos poniendo: ‘el aumento no podrá ser mayor al índice inflacionario’, de tal forma que podamos frenar la tendencia al alza que se ha venido dando en los últimos años”.
Además, en el inciso F del mismo artículo 2448 establecerá un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata y a cargo del Gobierno de la Ciudad de México, para lo cual el arrendador deberá realizar dicho registro en un plazo no mayor a 30 días de celebrado el contrato, que se regirá de conformidad con los criterios de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para la Ciudad de México.