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Los límites y riesgos de la videovigilancia

Redacción Por Redacción
febrero 4, 2025
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Alejandro Lelo de Larrea


Nadie debería estar en contra del proyecto de Clara Brugada de convertir a la Ciudad de México en la más videovigilada de América, para lo cual pretende instalar entre 140 y 150 mil cámaras durante su administración, bajo la operación del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la CDMX (C5).

Sin embargo, tiene dos problemas de origen que debe afrontar y resolver para que con este programa logre buenos resultados sin violentar los derechos humanos de las personas, por la sensible información antropométrica que obtienen.

En primer lugar, de nada servirá que la capital del país tenga más cámaras de Nueva York, Londres o cualquier otra gran urbe del mundo, si esas imágenes no sirven para sancionar a quienes cometen un ilícito. El nivel de impunidad en la capital del país es del 98%. Es decir, los delincuentes tienen sólo el 2% de riesgo de ser castigados cuando cometen un ilícito. La estadística no permite afirmar que la videovigilancia es disuasiva.

Debe de trabajarse de manera muy profunda en la Fiscalía General de Justicia de la CDMX, que ahora está en manos de Bertha Alcalde, para que desde las Fiscalías Especializadas no ocurran hechos de corrupción que permitan la impunidad. Por el contrario, estas áreas que son la cabeza de los Ministerio Público (MP) deben ser el ejemplo de una labor intachable, profesional, eficiente.

Los MP tampoco deben rehusarse a iniciar carpetas de investigación, tampoco mandarlas a la congeladora una vez abiertas; sin pretextos deben solicitar para las indagatorias los videos del C5 y que todas sus videocámaras funcionen. También tienen que judicializar los expedientes en caso de que así corresponda y defender sus casos ante los juzgadores.

Precisamente en el terreno de los juzgadores, en teoría deberá ser impecable el trabajo de éstos, a partir de septiembre, pues en junio se elegirá la tercera parte de nuevos jueces y magistrados con los filtros y bajo las reglas de la 4T, y en los años posteriores las otras dos terceras partes. Brugada y Bertha Alcalde no tendrán pretexto.

El otro aspecto sumamente relevante es por el reconocimiento facial de las videocámaras, donde hay el riesgo potencial de una delicada violación a la privacidad, pues obtienen información sensible, delicada, datos biométricos únicos de la gente. Debe legislarse, con un sentido de respeto a los derechos humanos, quién y cómo van a resguardar esas imágenes. ¿Sólo el C5 va a almacenar esta información antropométrica? ¿Con qué autoridades estará obligada a compartirla? ¿Cuál será la sanción por la mala utilización de esta información? ¿El ciudadano podría confiar en que no va a ser víctima de persecución, espionaje y sus libertades en riesgo? ¿Podrán darle seguimiento específico a una persona? ¿Quién debe o puede dar la orden de hacerlo?

Esto se hace más preocupante ahora con la desaparición del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, porque era la instancia del Estado que salvaguardaba los derechos humanos de las personas en este tema y coadyubaba incluso para procesos legales contra quien utilizara o difundiera información sensible de otras personas, sin previa autorización.

El Congreso de la CDMX deberá establecer en diversas leyes el marco normativo de la videovigilancia en la capital para garantizar su eficiencia y los derechos humanos de las personas. Lo veremos.

 

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