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Tras irregularidades, publican certificación para uso suelo en establecimientos mercantiles

Redacción Por Redacción
septiembre 6, 2022
En CDMX, Congreso CDMX
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 “Si revisamos lo publicado el viernes en la Gaceta Oficial, con lo que dijo la Jefa de Gobierno un día antes ante CANIRAC, es evidente que falta a la verdad, ya que se trata de cosas distintas, incluso no es un Acuerdo, es una modificación al Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano, que hoy va más allá de lo que el Congreso ha autorizado”

CIUDAD DE MÉXICO, 05 de Septiembre, (CDMX MAGACÍN).-Luego de que la diputada del PAN en el Congreso CDMX Gabriela Salido, acusaraqueo que la mandataria Claudia Sheinbaum. ha regularizado de forma ilegal diversos establecimientos mercantiles, el Gobierno capitalino publicó mediante una tarjeta informativa los requisitos para obtener el Certificado de Uso de Suelo por Reconocimiento de Actividad para Establecimientos Mercantiles de Impacto Vecinal (CUSRA).

 “Si revisamos lo publicado el viernes en la Gaceta Oficial, con lo que dijo la Jefa de Gobierno un día antes ante CANIRAC, es evidente que falta a la verdad, ya que se trata de cosas distintas, incluso no es un Acuerdo, es una modificación al Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano, que hoy va más allá de lo que el Congreso ha autorizado”, dijo el di Salido Magos.

Según lo expuesto por el GCDMX esta reforma al Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano representa   una oportunidad para obtener obtener “ágil y simplificadamente” un Certificado sobre las actividades que han desarrollado por más de 5 años, permitiéndoles cumplir con el requisito que deben cubrir para actualizar su documentación

Y acreditar ante las autoridades de la CDMX y las Alcaldías, su legal funcionamiento de acuerdo a la Legislación urbana y de Establecimientos Mercantiles. Contar con toda su documentación evitará actos de discrecionalidad, corrupción o extorsión de los que pudieran ser objeto.

Por lo anterior, el GCDMX, mediante una tarjeta informativa explicó que, en el marco de las medidas y acciones para la reactivación económica, así como para fomentar la inversión privada y la simplificación de trámites se deberán cubrir la certificación para el uso de suelo para establecimientos mercantiles de impacto vecinal

Entre los requisitos que se deben cubrir para la obtención del CUSRA se encuentran los siguientes:

 

 *Acreditar tener 5 años ejerciendo de forma continua el uso del suelo respectivo en el predio de que se trate

*Presentar los pagos del impuesto predial y de derechos por el suministro de agua de los últimos 5 años

*El certificado únicamente podrá ser solicitado dentro del año siguiente a la publicación del Decreto y una vez obtenido tendrá una vigencia de un año prorrogable y su costo será el mismo que el del Certificado Único de Zonificación y Uso de Suelo.

*El CUSRA no se considera inherente al inmueble, no es transferible y la titularidad corresponde a la persona que lo tramitó para ser ejercido en el inmueble señalado; no dará origen a la acreditación de derechos adquiridos.

 

Según datos del Gobierno local , se han emitido mil 611 resoluciones positivas de Certificados de Uso de Suelo por Reconocimiento de Actividad para establecimientos mercantiles de bajo impacto, ingresados tanto de manera digital como presencial. La vigencia del Certificado de Uso de Suelo para este tipo de establecimientos también es de un año.

Asimismo, al 27 de julio de 2022 se extendió el Certificado de Uso de Suelo por Reconocimiento de Actividad para planteles educativos de hasta 4 mil metros cuadrados, en sus distintos niveles educativos.

Conviene recordar que el pasado 2 de septiembre en la que se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 930, el Decreto por el que se reforma el Artículo 15 Bis del citado reglamento, el cual tiene como finalidad propiciar la obtención de un Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad (CUSRA) para salones de fiestas, restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados;

Así como, salas de cine con o sin venta de bebidas alcohólicas, teatros y auditorios, que conforme a la normatividad vigente en materia de desarrollo urbano no pueden obtener un Certificado Único de Zonificación y Uso de Suelo que avale la actividad que realizan al día de hoy.

 

 

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