La responsabilidad por mantener una buena calidad de vida es compartida entre el paciente, la familia y el personal médico.
Eutanasia y voluntad anticipada no son lo mismo; en la segunda, el paciente manifiesta sus decisiones de forma preventiva.
CIUDAD OBREGÓN, Sonora, 22 de julio.–Toda persona tiene derecho a una muerte digna, pero muy pocas están preparadas para enfrentarse a la convalecencia y la muerte, y por lo tanto a tomar decisiones que puedan definir la calidad de vida que se quiere tener ante una enfermedad como el cáncer. Sin embargo, es fundamental que el personal de salud sepa hasta qué etapa y qué medidas podría tomar para respetar las decisiones del paciente, así lo expresó el Dr. Humberto Bautista Rodríguez, especialista en psico – oncología y Coordinador del Servicio de Psico – Oncología en el Hospital de Oncología del Centro Médico Siglo XXI del IMSS y vocero especializado de PiSA Farmacéutica, durante la conferencia “Decisión racional vs emocional”, que impartió en el Hospital San José de Ciudad Obregón, Sonora el pasado 20 de julio.
El especialista en psico – oncología recomendó que los pacientes conozcan sobre la voluntad anticipada[1] o que hablen entre familia para que conozcan entre ellos y se lo hagan saber al personal médico, cuáles son las decisiones que van a tomar: “Si una persona no dejó el documento de voluntad anticipada, que al menos lo hablen entre familia para que se empiecen a quitar cargos de conciencia, tomar decisiones y nosotros como personal sanitario saber hasta dónde podemos llegar y cómo vamos a abordar su enfermedad”.
Lo anterior es importante porque, cuando el paciente entra en convalecencia y pierde la capacidad de juicio, algún familiar tiene que decidir, además cuando la vida ya no se puede mantener por sí misma, lo que se debe de priorizar es evitar el sufrimiento. Entonces, al tener un documento como el de la voluntad anticipada, ayudan al personal sanitario a cumplir con la voluntad de la persona.
“Las personas confunden la eutanasia con la voluntad anticipada y nada que ver, en la primera la persona te está pidiendo fallecer y tiene que cumplir muchos criterios para ser considerada como eutanasia y otra cosa es la voluntad anticipada, en donde el paciente notifique qué persona va a decidir en su lugar en el momento en el que pierda la capacidad de decidir”.
El Dr. Humberto Bautista Rodríguez, especificó que para que el paciente pueda asignar a una persona que tome decisiones en su lugar, se necesita que sea mayor de edad, esté bien de sus facultades mentales y se encuentre consciente de sus decisiones.
“El personal sanitario nunca va a hacer algo que esté en contra del bienestar del paciente, y tiene que respetar la decisión, por ejemplo, cuando deciden que no se van a operar o no tomarán las quimioterapias. Lo más importante es hacer valer la voluntad del paciente y que prevalezca la calidad de vida y mantener la dignidad de la persona”.
Por último, refirió que es fundamental que el paciente sea activo cívicamente, es decir, que conozca su enfermedad, los tratamientos, efectos secundarios de la enfermedad y de los tratamientos y de esa forma le va a ayudar para decidir y no le va a dejar la responsabilidad al personal médico, porque ésta es compartida entre paciente, familia y personal médico.
El asignar a una persona responsable para manifestar la voluntad de un paciente, no es exclusivo de enfermades como el cáncer, también es importante la reflexión para otros padecimientos, accidentes y la donación de órganos. Para poder ejercer la voluntad anticipada existen dos modalidades, una es tramitar el documento ante notario público; la segunda, mediante un formato que se otorga en instituciones de salud públicas y privadas
[1] Voluntad anticipada: el derecho a una muerte digna: https://www.gob.mx/inapam/articulos/ley-de-voluntad-anticipada-el-derecho-a-una-muerte-digna