CIUDAD DE MÈXICO 24 DE MAYO ( CDMX MAGACIN).- El Congreso de la Ciudad de México, se aprobó un dictamen de reformas a la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de protección a los derechos de los beneficiarios de los programas sociales constitucionales.
Lo anterior, será presentado en breve ante el Pleno y de ser avalado por éste, sería enviado al Congreso de la Unión.
Las Comisiones Unidas de Desarrollo Económico y de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales, que se llevó a cabo de manera virtual, sus integrantes decidieron votar a favor de adicionar un Artículo 60 Bis a dicho ordenamiento, cuya iniciativa fue presentada por el diputado morenista Paulo Emilio García, el pasado 10 de marzo.
La diputada América Rangel, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, señaló que dicho dictamen responde a la necesidad de brindar protección a los beneficiarios de los citados programas frente a prácticas indebidas por parte de instituciones financieras.
«Si bien los programas sociales, como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, han permitido mejorar la calidad de vida en muchos hogares, especialmente para este sector de la población, no cuentan con ningún esquema de retiro, apoyos familiares o ahorros.
Sin embargo, los beneficiarios, en su mayoría adultos mayores y mujeres, enfrentan riesgos constantes de fraudes, cargos no reconocidos y retenciones injustificadas, que ponen en peligro su seguridad económica y patrimonial, puntualizó.
Subrayó que la iniciativa busca establecer reglas claras para que los recursos de los programas sociales constitucionales sean inembargables, protegidos y entregados a los beneficiarios sin condicionamientos.
“Con ello se garantiza que los apoyos lleguen íntegramente a quienes más lo necesitan, sin que los bancos u otras instituciones puedan retenerlos por motivos ajenos a las reglas de operación”, precisó Rangel Lorenzana.
Indicó que existen diversas leyes que ya establecen que los recursos de los programas sociales deben ser inalienables, imprescriptibles e inembargables. Puso como ejemplo las leyes de Asistencia Social y la de Desarrollo Rural Sustentable, las cuales prohíben explícitamente que los apoyos sociales no pueden ser sujetos a gravamen o embargo.
“Este marco jurídico busca no sólo proteger a integridad de los recursos, sino también garantizar que las personas en situación de vulnerabilidad puedan acceder a los beneficios sin obstáculos derivados de deudas o reclamaciones de terceros”, recalcó.
Explicó que se han detectado vacíos legales, por lo cual la adición del Artículo 60 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito permitirá beneficiar a quienes reciben apoyos sociales, en particular las mujeres y las personas adultas mayores.









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