CIUDAD DE MÉXICO 10 DE DICIEMBRE (CDMX MAGACIN).- El presidente de la Comisión de Bienestar Animal del Congreso de la Ciudad de México, Manuel Talayero celebró la aprobación del dictamen que tiene como objetivo prohibir la exhibición física de perros y gatos en tiendas donde venden animales y también la comercialización de ejemplares provenientes de criadores o criaderos que no estén regulados.
Talayero Pariente explicó que la venta y adopción de perros y gatos deberá realizarse únicamente mediante cita previa y durante toda la cita deberá permanecer un Médico Veterinario Zootecnista, responsable del manejo y cuidado del animal y al concluir ésta, el animal deberá regresar a su área de estancia habitual, prohibiéndose que pernocte en espacios de atención al público.
Cabe destacar que el dictamen deriva de la iniciativa presentada por el diputado animalista Jesús Sesma Suárez y también establece que los establecimientos dedicados a la reproducción, selección, crianza o venta de animales de compañía deberán contar con alimento adecuado, agua limpia, atención médico-veterinaria y personal capacitado para el cuidado de los animales.
Además de que «éstos solo deberán comercializar perros y gatos que estén esterilizados, desparasitados, clínicamente sanos e identificados con microchip, lo cual deberá quedar asentado en el certificado de compra, a fin de garantizar condiciones mínimas de salud y trazabilidad».
El dictamen establece que dichas tiendas están obligadas a contar con un Médico Veterinario Zootecnista responsable del bienestar y la salud de los animales, con el fin de asegurar un manejo adecuado y profesional en todo momento. Además de asegurarse de que los compradores reciban información veraz y suficiente sobre los cuidados y necesidades del animal, incluyendo sus características fisiológicas y conductuales.
Finalmente, el documento destaca que corresponde a la PAOT imponer una multa de entre 150 a 3000 veces la UMA, esto es de 16 mil 900 pesos a 339 mil pesos, aproximadamente, en caso de incumplir con las prohibiciones de exhibición física de perros y gatos, y de comercialización de ejemplares provenientes de criadores o criaderos que no se encuentren regulados.








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