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Brutal atentado de la Suprema Corte contra la libertad de expresión, acusa la CIRT

Redacción Por Redacción
enero 20, 2022
En CDMX, Nacional
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“Es un ataque directo a la libertad de expresión, al derecho a la información y a los derechos de las audiencias, lo resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que se impugnará con los recursos que la ley confiere”.


CIUDAD DE MÉXICO, 20 de enero, (DAVID POLANCO / CDMX MAGACÍN).—La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) expresó su total rechazo a la sentencia del amparo en revisión 1031/2019 aprobada por mayoría en la Primer Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 19 de enero de 2022, de la cual afirma violenta gravemente los derechos del pueblo de México.

“Dicha sentencia es un ataque directo e inusitado a la libertad de expresión en México, al ordenar que en cualquier contenido de las estaciones de radio y televisión del país se deba diferenciar entre información noticiosa y la opinión de quien la comunica”, expresó la CIRT en un comunicado.

La Primera Sala de la Corte está presidida por la ministra de la 4T, Ana Margarita Ríos Farjat.

El proyecto de sentencia estuvo a cargo y fue impulsado por el Ministro Juan Luis González Alcántara, muy cercano al presidente Andrés Manuel López Obrador, quién lo propuso para el cargo en 2019.

Añadieron que se trata de una obligación de imposible cumplimiento en la realidad y que va en contra del más elemental sentido común. La libertad de expresión de los medios de comunicación y de sus comunicadores es la que les permite entreverar noticia y opinión; decidir la agilidad con la que se hace uso la comunicación; el derecho a la libertad editorial y el momento y la forma en que se utiliza. Es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y la televisión a controles y sanciones burocráticas, que rompan con el flujo y el ritmo de la comunicación.

“Ante esta grave imposición sobre la radio y la televisión, se corre el riesgo inminente de que sean cancelados la mayor parte de los programas noticiosos y que se eliminen aquellas notas informativas en que terceros no distinguen entre información y opinión. Tal medida afectará la dinámica de trabajo de todos los medios, tanto públicos como privados, como es el caso de la transmisión de los encuentros en “Las mañaneras” del C. Presidente de la República, si no hace una clara distinción entre noticia y opinión”.

Continúa: “Al haber propuesto tan desafortunada sentencia, el Ministro Juan Luis González Alcántara muestra su despreocupación y ligereza por los efectos antidemocráticos que la misma tiene sobre la libertad de expresión; desconoce por completo cómo funciona la radio y televisión; ignora que el principal derechos de las audiencias es estar informadas con oportunidad, veracidad y por medios y comunicadores libres, y nuevamente pone en desventaja a la  radio y la televisión mexicanas respecto de otras plataformas de comunicación plenamente desreguladas, muchas de ellas con contenidos respecto de México generados desde el extranjero.

“Estamos frente a un gran retroceso en la libertad de información y de expresión; probablemente el más grave de los últimos 45 años. La CIRT y los comunicadores de sus más de 1,400 estaciones de radio y televisión afiliadas refrendan su compromiso con la audiencia de que darán la batalla para no ser censurados y que haremos uso de todos los recursos legales que la ley nos concede para continuar ofreciendo a la audiencia mexicana contenidos de calidad, ágiles, entretenidos, comprometidos con la verdad y, antes que cualquier cosa: emitidos con total libertad y sin controles del Estado.

Finalmente, la organización hace un atento llamado al Gobierno Federal, al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al IFETEL a fin de que este asunto pueda resolverse con pleno respeto a la Constitución, a los tratados internacionales celebrados por nuestro país, y la defensa del desarrollo democrático de México.

Tags: CIRTlibertad de expresiónOpiniónPrimera Salasuprema corte
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