Ciudad de México, 29 junio 2021 (GUILLERMO JUÁREZ/CDMX MAGACÍN).-Tras el fallo de la Corte, como inconstitucional la prohibición del uso recreativo del cannabis; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) dará permisos individuales para el auto consumo.
Por lo anterior, las personas que tramiten un permiso podrán consumir marihuana de forma legal, aunque bajo ciertas restricciones, como lo instruye el máximo tribunal.
Con ocho votos a favor, la Corte desechó “el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC”, así como “sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar, con fines recreativos, respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.
Por medio de un comunicado, la Suprema Corte de Justicia informó también que: “la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas”; es decir, para tramitar el permiso individual de auto consumo de cannabis, deberás ser mayor de edad”.
Y subraya que : “En lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá remitir esas autorizaciones sólo a personas adultas y para los efectos precisados”.
A continuación, los lineamientos para el permiso que emite la COFEPRIS:
*La Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas”; es decir, para tramitar el permiso individual de autoconsumo de cannabis, deberás ser mayor de edad.
*La autorización que expida la COFEPRIS no podrá incluir otras sustancias
*El permiso no es para la importación, comercialización, suministro o cualquier otro acto de enajenación y/o distribución.
*El uso lúdico de la marihuana no debe afectar a terceros, por lo que no deberá consumirse frente a menores de edad, ni en lugares públicos.
*No está permitido conducir vehículos u operar máquinas peligrosas pajo los efectos de esta sustancia, ni realizar otra actividad que pueda poner en riesgo o dañar a otras personas.