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Defensoría inquilinaria debe ser como Prosoc: experto UAM

Redacción Por Redacción
agosto 3, 2025
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Óscar V. Machado / CDMX Magacín

La creación de la Defensoría de Derechos Inquilinarios es uno de los principales mecanismos que el gobierno de Clara Brugada Molina plantea para afrontar a la gentrificación, por lo que debe de ser un organismo eficiente, no duplicar funciones ni suplir a los juzgados, señala José Guadalupe Zúñiga Alegría, experto en derecho civil y administrativo de la Universidad Autónoma Metropolitana, campus Azcapotzalco.

Este ente público que se creará debe tener funciones de gestoría, mediación entre arrendador y arrendatario, que sancione conductas que vayan en contra de la normatividad, aunque tendría que definirse si sería organismo público dependiente del gobierno o autónomo, apunta en entrevista.

El investigador explica que esta nueva figura que plantea el Bando 1 no es una propuesta nueva en el país, recuerda que en la década de los 1990, la Profeco (Procuraduría Federal del Consumidor) tenía en su estructura la Dirección General de Arrendamiento Inmobiliario que realizaba todas estas funciones en el entonces Distrito Federal, “pero desapareció por la presión de desarrolladores inmobiliarios y arrendadores que argumentaban que creó un exceso de proteccionismo inmobiliario, sobre todo para el arrendamiento de casa habitación, que estaban matando el negocio inmobiliario”.

Con una maestría en derecho por la UNAM, Zúñiga Alegría indica que la Defensoría de Derechos Inquilinarios podría tener una similar estructura y funciones a las que hoy tiene la Procuraduría Social (Prosoc) en materia condominal, como asesoría y orientación a la ciudadanía en asuntos administrativos, jurídicos, sociales, inmobiliarios y condominales, así como la resolución de conflictos a través de conciliaciones y procedimientos arbitrales.

En el mundo, una figura similar a la Defensoría de Derechos Inmobiliarios se encuentra en Berlín, Alemania con el Mieterbund (Asociación de Inquilinos); el Defensor en Materia de Vivienda en Londres, Inglaterra; en Barcelona existe el Sindicato de Inquilinos, en Nueva York se encuentra el Legal Aid Society y Legal Services NYC que ofrecen servicios legales gratuitos o a bajo costo para inquilinos de bajos ingresos que enfrentan problemas como desalojos, problemas de habitabilidad, o discriminación en la vivienda. En París están la Confédération Nationale du Logement (CNL) y la Association des Responsables de Copropriété (ARC). Estas urbes son modelos a seguir en el Bando 1 del gobierno de Clara Brugada.

En ese sentido, el investigador de la UAM alerta que las funciones de esa Defensoría “deberán circunscribirse a la asesoría, mediación en los conflictos que tengan con los arrendadores y tener la posibilidad de imponer sanciones cometidas a la ley cometidas por los arrendadores, pero no debe tener facultades de resolver un litigio entre arrendador y arrendatario, porque eso le corresponde a los tribunales”.

Por ejemplo, un injustificado aumento de renta, el arrendatario lo tiene que hacer ante los tribunales, podrá acudir a la Defensoría de Derechos Inquilinarios, pero solo para que lo asesoren o que llamen a la otra parte involucrada, para realizar una mediación o un arbitraje, pero en un juicio sólo lo deben determinar los tribunales, remata el investigador.

 

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Tags: BandoUnoBrugadaDerechosInmobiliariosPrincipalProfecovivienda
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